Preguntas frecuentes

La Zona de Anunciantes es una parte de la web del BOPB destinada exclusivamente a nuestros anunciantes, desde la que se puede acceder a todas las funcionalidades que se ofrecen en la zona pública y servicios a los que sólo puede acceder el anunciante del BOPB: inserción de anuncios, consulta de los estados de los anuncios, gestión de permisos, entre otros servicios.


Para utilizar este servicio se tiene que estar dado de alta como organismo anunciante del BOPB.

Cada organismo anunciante debe acreditar el nombramiento de su representante legal de forma fehaciente con la correspondiente documentación. A la vez, el representante legal debe designar a uno o más gestores de permisos para que acrediten las personas facultadas a tramitar y/o ordenar la inserción de los anuncios.

Cada organismo anunciante debe tener, obligatoriamente, un representante legal y un gestor de permisos.

Trámites de alta de nuevo anunciante, representante legal o gestor de permisos:


Es obligatoria la utilización de certificado electrónico reconocido para ordenar la inserción de los anuncios, excepto para los tramitadores, consultores y gestores de permisos que pueden hacerlo mediante usuario/contraseña.

Se puede tramitar y consultar anuncios, así como gestionar permisos, mediante usuario/contraseña.


Se deben utilizar los sistemas de identificación y de autenticación definidos para el uso de este servicio, de acuerdo con las instrucciones aprobadas a tal efecto y publicadas en la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.


Representante legal

Es la persona que representa el organismo ante el BOPB. Se debe acreditar su nombramiento de forma fehaciente con la correspondiente documentación.

Cada organismo para poder publicar sus anuncios debe tener, obligatoriamente, un representante legal.

Su función principal es nombrar el/los gestor/es de permisos.

Gestor de permisos

Es el encargado de dar de alta a los usuarios con rol de consultor, tramitador y/o firmante. Tiene la obligación de mantener actualizado el registro de personas autorizadas de su organismo anunciante.

A su vez también es el encargado de crear los grupos de publicación del anunciante, que se corresponden con los diferentes circuitos de firma que deba tener.

Cada organismo para poder publicar sus anuncios debe tener, obligatoriamente, un gestor de permisos.

¿Qué se puede hacer como gestor de permisos?

Consultor

El consultor puede acceder a la Zona de Anunciantes con certificado electrónico o con usuario/contraseña.

Si el consultor está dado de alta en más de un organismo o en más de un grupo de publicación lo primero que tiene que hacer es escoger el que sea de su interés.

Una vez elegido el organismo o grupo de publicación se puede cambiar.

¿Qué se puede hacer como consultor?

  • Consultar los diferentes estados de los anuncios: Borradores, Pendientes de modificar, Pendientes de anular, Pendientes de firmar, Pendientes de publicar, Anulados y/o Publicados.
  • Organismos y Grupos de publicación: consultar en qué está dado de alta.
  • Editar su perfil (excepto NIF y permisos).
  • Exportar a XLS los listados de anuncios.

Tramitador

Vídeo informativo de la nueva zona de anunciantes para los tramitadores

El tramitador puede acceder a la Zona de Anunciantes con certificado electrónico o con usuario/contraseña.

Si el tramitador está dado de alta en más de un organismo o en más de un grupo de publicación lo primero que tiene que hacer es escoger el que sea de su interés.

Una vez elegido el organismo o grupo de publicación se puede cambiar.

¿Qué se puede hacer como tramitador?

Pantalla de inicio de los tramitadores
  1. Añadir un nuevo anuncio: tramitar y enviar a firmar los anuncios a los firmantes.
  2. Borradores: guardar una ficha de anuncio que se ha iniciado pero no se ha enviado a firmar. Posteriormente se podrá modificar o borrar.
  3. Anuncios pendientes de modificar: revisar, modificar y volver a enviar a firmar los anuncios que los firmantes han pedido que fuesen modificados.
  4. Consulta los anuncios:
    • Consultar el estado de los anuncios, filtrando por estado, fecha de entrada, núm. de registro o de referencia administrativa.
    • Acciones: desde este icono se puede llevar a cabo todas las acciones descritas con los borradores y los anuncios pendientes de modificar.
    • También pueden solicitar al firmante la anulación de los anuncios que estén en el estado de Enviados a firmar.
  5. Organismos y Grupos de publicación: consultar en cuáles está dado de alta y ver qué miembros los componen.
  6. Editar su perfil (excepto NIF y permisos).
  7. Exportar a XLS el listado de anuncios.

Firmante

Vídeo informativo de la nueva zona de anunciantes para los firmantes

El firmante debe acceder a la Zona de Anunciantes con certificado electrónico.

Si el firmante está dado de alta en más de un organismo o en más de un grupo de publicación lo primero que tiene que hacer es escoger el que sea de su interés.

Una vez elegido el organismo o grupo de publicación se puede cambiar.

¿Qué se puede hacer como firmante?

Pantalla de inicio de los firmantes
  1. Anuncios pendientes de firmar: firmar, modificar o anular anuncios enviados a firmar por los tramitadores.
  2. Borradores: consultar, modificar, borrar o firmar y enviar a publicar anuncios que están en este estado.
  3. Anuncios pendientes de anular: consultar, modificar, pedir la modificación o anular los anuncios pendientes de firmar que el tramitador previamente ha pedido que se anularan.
  4. Añadir un nuevo anuncio: tramitar y firmar el anuncio en un solo paso.
  5. Consulta los anuncios:
    • Consultar el estado de los anuncios, filtrando por estado, fecha de entrada, núm. de registro o de referencia administrativa.
    • Acciones: desde este icono se puede llevar a cabo todas las acciones descritas con los borradores y los a nuncios pendientes de firmar.
    • También se pueden consultar los anuncios firmados y enviados a publicar y modificarle la fecha de publicación o anularlos.
  6. Anuncios pendientes de revisar con incidencia: revisar y dar respuesta a las incidencias subsanables que le haya comunicado el BOPB que hay en la tramitación del anuncio.
  7. Organismos y Grupos de publicación: consultar en cuáles está dado de alta y ver qué miembros los componen.
  8. Editar su perfil (excepto NIF y permisos).
  9. Exportar a XLS los listados de anuncios.

Sólo los gestores de permisos pueden autorizar nuevos usuarios.

Las altas se hacen desde la opción Gestionar usuarios, botón Nuevo usuario:

Se introduce el NIF y los datos del usuario (Nombre, apellidos, correo electrónico, teléfono y cargo) así como los organismos anunciantes y grupos de publicación a los que se quiere que esté vinculado.

Cuando se elige el organismo y grupo de publicación también se tiene que escoger el rol que tendrá el usuario (consultor, tramitador y/o firmante). Estos roles no son excluyentes, se van acumulando, por lo tanto si se quiere que un usuario sea consultor, tramitador y firmante se le deberán asignar los 3 roles por separado.

Para que queden guardados los datos de los nuevos usuarios es imprescindible que se elija a qué organismo anunciante y/o grupo de publicación deben estar vinculados.

Los usuarios autorizados recibirán una comunicación automática cada vez que sean dados de alta o de baja de un organismo anunciante o grupo de publicación o se le haga una modificación de permisos (rol).

Los usuarios pueden estar autorizados en varios organismos anunciantes, grupos de publicación y con roles diferentes.


Son los diferentes circuitos de publicación que un organismo anunciante, por su organización interna, puede necesitar.

El responsable de crear los grupos de publicación es el gestor de permisos. Éste le pondrá nombre al grupo de publicación para poderlo identificar y escogerá a sus miembros (con los roles que les corresponda: consultores, tramitadores y/o firmantes).

Cada organismo tiene un circuito de publicación de anuncios por defecto.

¿Cómo crear un Nuevo Grupo de publicación?

Sólo los gestores de permisos pueden crear grupos de publicación. Desde Gestiona grupos y permisos, botón Nuevo Grupo de Publicación.

Se deberá introducir el nombre que identifique el grupo de publicación, así como los miembros que han de formar parte (roles de firmante, tramitador y/o consultor).

Hay que tener en cuenta que para poder ser elegidos como miembros de un grupo de publicación, los usuarios deben estar previamente dados de alta, es decir que primero se deben crear como Nuevo usuario.


El canal de inserción de los anuncios para su publicación en el BOPB es a través del registro electrónico de la Diputación de Barcelona, accesible desde la Zona de Anunciantes del web del BOPB (https://bop.diba.cat ) sólo para los usuarios autorizados de cada organismo anunciante.

En la inserción de los anuncios pueden intervenir dos tipos de usuarios: tramitadores y firmantes.

Mediante el icono " Añadir un nuevo anuncio" se accede al formulario donde se facilitan los Datos de publicación (plazo de publicación), Datos del anuncio (resumen del anuncio) y Archivo del anuncio (texto en pdf del anuncio que se publicará).

Una vez cumplimentado el formulario de inserción de anuncios el tramitador lo envía a firmar a los usuarios con rol de firmantes. Éstos son los encargados de firmar la orden de inserción de los anuncios, momento en que el anuncio obtiene un número del registro electrónico de la Diputación de Barcelona y queda pendiente de publicación en el BOPB.

Los usuarios con rol de firmante hacen el mismo proceso en un único paso (para ellos la tramitación y firma del anuncio se hace a la vez).

Es obligatorio el uso de certificado electrónico reconocido para firmar la orden de inserción de los anuncios. Para tramitar o consultar anuncios o gestionar permisos se puede acceder a la Zona de Anunciantes con el NIF y contraseña.


Los anuncios deben cumplir con unos requerimientos para su publicación en el BOPB de acuerdo con las instrucciones técnicas aprobadas a tal efecto y publicadas en la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.

En el supuesto de incumplimiento de estos requerimientos no se cursará la publicación y se comunicará este hecho al anunciante, determinando la suspensión de la tramitación mientras no se resuelvan las incidencias planteadas y se haga una nueva tramitación.


Borradores
Son los anuncios que se ha iniciado su tramitación y se han guardado antes de enviarse a firmar.
Pendientes de modificar
Son los anuncios que han sido devueltos al tramitador para realizar una modificación.
Pendientes de anular
Son los anuncios que tiene pendientes de anular el firmante a petición del tramitador.
Pendientes de firmar
Son los anuncios pendientes de firmar por el firmante que ha enviado el tramitador.
Pendientes de publicar
Son los anuncios que han sido firmados y enviados al BOPB, pero que aún no se han publicado.
Anulados
Son los anuncios que, por diferentes motivos, no se han llegado a publicar en el BOPB.
Publicados
Son los anuncios que ya se han publicado en el BOPB.

Des del 1 de enero de 2021 la publicación de todos los anuncios en el BOPB es gratuita.


El BOPB se publica de lunes a viernes, excepto los días festivos de ámbito estatal, autonómico de Cataluña y local de la ciudad de Barcelona, el detalle se publica en la Sede electrónica de la Diputación de Barcelona.


El proceso de elaboración de la publicación implica definir una hora de cierre de la edición, que se fija a las 13.00 horas del día hábil anterior a su fecha de publicación efectiva.


La publicación de los anuncios se realiza como máximo en los plazos establecidos en el apartado 3 del artículo 7 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias, en función del tipo de tramitación solicitado por el remitente de la orden de inserción. Estos plazos se podrán alterar cuando se detecte una incidencia en el anuncio que haya que resolver, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de gestión del BOPB.


A través de la Zona de Anunciantes se puede comprobar el estado de un anuncio mediante el icono "Consulta los anuncios".

La búsqueda se puede hacer por:

  • Estado del anuncio: Borrador, Pendientes de modificar, Pendientes de anular, Pendientes de firmar, Pendientes de publicar, Anulados, Publicados o Todos.
  • Mis anuncios (que he tramitado o firmado yo) o Todos los anuncios.
  • Fecha de entrada inicial y/o final.
  • Núm. de identificador o Núm. de registro.
  • Referencia administrativa.


El texto debe estar justificado y debe ser visualmente claro y ha de poderse entender.

Ir a la presentación de la página y seleccionar tamaño A4 y márgenes normales.

Ir a Insertar/Edición de la cabecera e insertar el logotipo del organismo anunciante.

Poner los datos de firma del anuncio: lugar y fecha de firma y cargo, nombre y apellidos de quien firma el anuncio.

Verificar y guardar el anuncio en formato PDF.

Ver vídeo de cómo hacer un anuncio para publicar en el BOPB.

Ejemplos:

Administración local
Administración de justicia

1. Si el anuncio no está firmado y enviado:

El tramitador:

  • Puede solicitar al firmante la anulación desde "Consulta los anuncios" de los anuncios con el estado Enviado a firmar.

  • Puede Borrar los anuncios que estén guardados como Borrador y aún no se hayan enviado a firmar.

El firmante:

  • Puede anular los anuncios que le envían para firmar los tramitadores desde la ficha del anuncio, si detecta que hay algún motivo que lo justifique.

  • Puede anular los anuncios que le piden que anule los tramitadores, desde el icono de Anuncios pendientes de anular.

  • Puede Borrar los anuncios que estén guardados como Borrador y aún no se hayan enviado a firmar.

2. Si la tramitación ya está firmada y enviada a publicar:

Sólo el firmante podrá anular el anuncio, accediendo desde "Consulta los anuncios".

Esta acción la podrá llevar a cabo hasta las 13:00 horas del día hábil anterior a la fecha de publicación prevista del anuncio. Después de esta hora ya no se podrá anular la inserción..

Tampoco se podrán anular anuncios que ya han sido publicados..


Sólo los firmantes pueden modificar una fecha de plazo de publicación.

  • Si el anuncio no está firmado y enviado, desde la ficha del anuncio se pueden hacer todas las modificaciones que sean necesarias (en este caso en los Datos de publicación).
  • Si el anuncio ya está firmado y enviado, desde el icono de Consulta los anuncios, deben localizar el anuncio y entrar en Modificar el plazo de publicación.

Las modificaciones de plazo de publicación de un anuncio se podrán pedir en cualquier momento desde la fecha de firma y envío del anuncio hasta las 13:00 horas del anterior día hábil a la fecha de publicación prevista.


La Agenda 2030, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, es una hoja de ruta para alcanzar el desarrollo mundial sostenible. Mediante los 17 objetivos (ODS) en los que se despliega, la Agenda aborda los grandes retos globales, desde la lucha contra la pobreza o el cambio climático hasta la educación, la salud, la igualdad de género, la paz o las ciudades sostenibles. Cada ODS incluye diferentes metas (en total 169) y sirve como plan de acción para que la comunidad internacional y los gobiernos nacionales, autonómicos y locales promuevan la prosperidad y el bienestar común en los próximos años.


El BOPB difunde la información pública de la provincia de Barcelona con la gestión de más de 40.000 anuncios al año. Tiene una media de 8 millones de visitas y más de 160.000 alertas anuales. Con la nueva catalogación de los anuncios, el BOPB dará visibilidad a la gestión y a las actuaciones alineadas con la Agenda 2030 y los Objetivos Mundiales para el Desarrollo Sostenible (ODS) que están llevando a cabo sus anunciantes. En este sentido, se catalogarán los anuncios que estén alineados con uno o varios ODS.


  • Acercar la Agenda 2030 y los ODS a la población.
  • Aumentar el valor de la información pública con la catalogación de los anuncios en clave ODS.
  • Utilizar el BOPB como escaparate para dar a conocer la gestión de los gobiernos en relación con la Agenda 2030.
  • Ofrecer al ciudadano la posibilidad de buscar cómo se está desarrollando la Agenda 2030 en el territorio y a qué se están destinando sus recursos.
  • Publicar anuncios con un lenguaje comprensible, con textos completos y, en su caso, alineados con la Agenda 2030.
  • Mostrar, a medio plazo, estadísticas e indicadores sobre la cantidad de actuaciones relacionadas con los ODS llevadas a cabo en el territorio y su evolución en el tiempo.

Para poder otorgar ODS a sus anuncios, debe quedar patente en su redacción que la finalidad que se persigue está relacionada con uno o varios de los 17 ODS.

Catalogaremos los anuncios con algún ODS de la Agenda 2030 siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • En las aprobaciones de ordenanzas y reglamentos, si se publica su texto completo.
  • En las convocatorias de personal, listas de admitidos y excluidos, tribunales y nombramientos, cuando se indiquen las funciones del puesto de trabajo o los méritos que se valoran.
  • En los proyectos de obras, servicios, etc., cuando se detalle su finalidad.
  • En las convocatorias de ayudas y subvenciones, si se definen el objeto, finalidad o beneficiarios.
  • En las expropiaciones, si se especifica su finalidad pública.
  • En los presupuestos y modificaciones de crédito, cuando se establezca el objeto de la partida presupuestaria de forma específica.
  • En el planeamiento y gestión urbanística, cuando se identifiquen el objetivo o el ámbito.
  • No se otorgan ODS según el contenido de los enlaces: se pueden corromper o dejar de funcionar.
  • No se otorgan ODS si no existe relación entre el contenido del anuncio y alguno de los 17 objetivos de la Agenda 2030.
  • En todo caso, si desea incorporar ODS en algún anuncio, puede hacer una mención expresa dentro del redactado del mismo texto.